Beneficios Fiscales

 En Opinión, Artículos de prensa

Bueno, le están llamando así. Vale. Esta mañana he leído en redes sociales que el Gobierno cree poder recaudar unos 58.000 millones adicionales eliminando ciertos “beneficios fiscales” y no he podido reprimir una sonrisa pensando que el redactor de la noticia había colado algún cero de más en la misma, pero cuando he leído el texto he visto que no era un error; la supuesta recaudación adicional procedería de la eliminación de ciertos “beneficios fiscales”. Por ejemplo, la eliminación de tipos reducidos en el IVA podría proporcionar casi la mitad de la cifra, unos 26.000 millones. Como sabrán, hay cierto tipo de productos que pagan en IVA el tipo reducido o súper reducido del 10 o el 4%. Es verdad. Por ejemplo, alimentos básicos como el pan o el queso, por poner sólo (permítanme la tilde: soy un viejo) algún ejemplo, pagan esos tipos reducidos con el fin de no encarecer los mismos. Es verdad que algún sector de la doctrina viene aduciendo que esto es poco progresista, puesto que se benefician de estos tipos reducidos desde el más humilde de los ciudadanos hasta don Amancio Ortega. Cierto, pero no lo es menos que, en el más bajo escalón, los más necesitados sufrirían el efecto de esa subida por más que el señor Ortega dejara de beneficiarse de ella. Caro consuelo. Para compensarlo haría falta un gigantesco programa de beneficios no fiscales a esas clases menos favorecidas. También favorecería claramente la demanda de vivienda pasar de gravarla del 10% al 21%, con la consiguiente creación de empleo.

Beneficios Fiscales

Beneficios Fiscales

Si se quitase la exención a los servicios sanitarios los médicos lo celebrarían alborozados porque podrían deducir, al menos, el IVA soportado en alquileres y otros gastos cuyo IVA soportado ahora se “chupan” porque realizan actividades exentas. Al usuario se le encarecería el servicio, pero lo tiene bien empleado por usar esa medicina privada que tanto daño está haciendo al país.

También se habla de “beneficio fiscal” al aludir a la deducción por rendimientos del trabajo en IRPF. Me explico. Es sabido que en el Impuesto sobre la Renta los rendimientos del trabajo tienen un tratamiento especial por ser de tal naturaleza. Se quiere favorecer a este tipo de rendimientos frente a otros como los empresariales por ejemplo. Este, sinceramente, no creo que se atrevan a tocarlo porque, entre otros muchos, afectaría a millones de funcionarios y… amigo, tarde o temprano, volverá a haber elecciones.

En el Impuesto sobre Sociedades parece que el objetivo son ciertas bonificaciones, entre otras, la que afecta a la I+D+i. Claro, las empresas españolas son tan competitivas, están tan a la cabeza de las del mundo desarrollado que parece inútil subvencionar de algún modo a aquellas que sí destacan en ese campo.

Si me permiten voy a contarles una anécdota. En cierta ocasión estaba haciendo antesala en el despacho de un Subdirector General del Impuesto sobre Sociedades en la DGT y, cuando salió la visita anterior, me lo encontré rebufando. Los que salían eran directivos de una determinada empresa de comunicaciones de fuerte implantación en nuestro país que habían venido, amablemente, a comunicarle que dada la calificación que habían recibido por parte de la AEAT de sus inversiones en I+D+i, negándoles tal condición, iban a abrir el próximo centro en Polonia con 650 ingenieros de la materia, además de, lógicamente, el resto del personal.

Estos son los que iban a subir los impuestos a los ricos. No sé si se me nota el cabreo. Sigan jugando que luego puede que venga el llanto y el crujir de dientes.

                                                                                                                              Rubén Candela Ramos

Asesor fiscal| Economista

 

Publicado: Diario Sur 26-01-2020

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