Luces y sombras en la lucha antifraude
Los medios de comunicación se han hecho amplio eco del borrador del Plan de Prevención del Fraude Fiscal que la Administración Tributaria ha elaborado y difundido con ánimo de que se formulen al mismo observaciones y sugerencias. En la propuesta nos ha parecido ver, como en toda obra humana, luces y sombras. Veamos las luces. Sin perjuicio de un completo análisis que nos proponemos hacer de todas y cada una de las medidas contenidas en el borrador y que, en su momento, remitiremos a la Agencia Tributaria, creemos que ciertos matices y contenidos del Plan merecen una reflexión previa.
Aunque resulta extraño empezar por el final, tal vez lo primero que quepa comentar sea la última de las propuestas, la titulada Reducción de litigiosidad. En ella se dice algo tan cargado de razón como que «La Agencia Tributaria debe efectuar una reflexión permanente sobre la litigiosidad derivada de sus actos administrativos para modificar los procedimientos y actuaciones que adolezcan de defectos de tramitación, insuficiente motivación o que se basen en criterios interpretativos erróneos». Si esta predisposición se aplica en la práctica, la mencionada propuesta puede hacer más por reducir la litigiosidad que la nueva Leu General Tributaria. Querer es poder. Y la autocrítica es un sano ejercicio que siempre beneficia a quien la practica.
Si las autoridades tributarias asumen plenamente algunas de las afirmaciones del borrador, que, con perdón, hace tiempo que venimos diciendo los asesores fiscales, tales como: «Que las actuaciones inspectoras no han sido orientadas, con el grado de prioridad necesario, a la investigación», «La administración tributaria debe ser consciente de que no cualquier incumplimiento tiene características de engaño inherente al fraude. La propia complejidad de las normas puede llevar en ocasiones a errores y dificultades de aplicación» o «las normas fiscales son extraordinariamente prolijas y casuísticas», entre otras, y obran en consecuencia, se habrá dado un gran paso adelante en la reducción de la conflictividad.
De momento, no parece que las cosas vayan por ese camino. Analizaremos qué se está haciendo con autoliquidaciones que resultaron erróneas, inducidas por el borrador remitido por la Agencia y a las que se están abriendo expedientes sancionadores. Les tendremos informados. Y entonces procederá centrarse en atajar lasa números conductas fraudulentas que se describen en el plan.
Y ahora las sombras. El funcionario del sistema tributario no puede basarse en imponer una desmesurada carga de obligaciones formales a los contribuyentes; pero se nos antoja que alguna de las medidas propuestas puede calificarse de desmesurada. Y en otro orden de las cosas. Por muy legítima que sea la lucha contra el fraude, que lo es, debe hacerse con exquisito respeto a la legalidad. Ello es lo que nos diferencia de la parte contraria y nos provee de autoridad moral. La informática nos abre un enorme cúmulo de posibilidad de control y puede ser fácil caer en la tentación. Puedo asegurarles que la idea no es nueva, pero hasta ahora no la había visto por escrito. La asignación, que se sugiere, de determinadas marcas informáticas a ciertos individuos en función de que hayan estado en el pasado vinculados – no siquiera implicados- a alguna actividad fraudulenta pudiera ser eficaz;; sin embargo, recordaría peligrosamente a comportamientos propios de una época pasada y que, de momento, prefiero no ejemplificar. Y al final, los jueves tendrían que decir la última palabra.
Rubén Candela Ramos
Presidente de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF)
Publicado: Expansión/ 19-01-2005