Maraña de Deducciones

 En Artículos de prensa, Opinión

Parece que determinadas expresiones calan fuertemente entre la ciudadanía y eso ha ocurrido con la que da título a este artículo. Hace un tiempo se la oí a un responsable económico del Gobierno – ni siquiera recuerdo exactamente a quién – y desde entonces tanto desde instancias oficiales como entre particulares he vuelto a oír persistentemente la conveniencia o no de reducir la “actual maraña de deducciones existente en el IRPF”.

Evidentemente todo el mundo es libre de opinar al respecto, pero determinadas argumentaciones oídas me hacen pensar que algunos torean de salón y que no saben muy bien qué va el tema.

Es cierto que en el IRPF  existen numerosas reducciones y deducciones, que no es lo mismo, que influyen en ocasiones fuertemente en la cantidad líquida a pagar, pero es necesario hacer un cierto análisis de las mismas antes de recomendar sin más su eliminación. En primer lugar atendamos a qué se persigue con cada una de ellas. Si todos estamos obligados a contribuir de acuerdo a nuestra capacidad económica, es evidente que más justa será la tributación cuanto mejor medida esté dicha capacidad. Y aquí viene la cuestión ¿Tienen la misma capacidad económica obteniendo los mismos ingresos dos contribuyentes, uno sano, el otro disminuido; uno con sus padres sin rentas significativas a su cargo y el otro no; uno con hijos menores que requieren atención especial y el otro no; uno que esté obligado a satisfacer una pensión compensatoria a favor del cónyuge y otro que no?

En segundo lugar, sabemos que las rentas del trabajo soportan un peso muy superior al que deberían en el total de ingresos que percibe el Estado por IRPF. ¿Eliminamos la reducción que existe para cuando los ingresos tienen esta naturaleza?

Como sabemos, la tarifa del impuesto es creciente, empezando en el quince y llegando hasta el cuarenta y cinco por ciento. En tanto no llegue el milagroso tipo único, remedio de todos los males ¿eliminamos la reducción aplicable a las rentas irregulares y las hacemos tributar en su totalidad en un solo ejercicio al tipo que resulte?

Y dejo para el final las más controvertidas. Inversión en vivienda y aportaciones a planes de pensiones. Contra otras posturas que defienden fervientemente la neutralidad del impuesto, yo entiendo que es un instrumento válido para fomentar determinados comportamientos y disuadir de otros. En el primer caso, la deducción está presente en nuestro ordenamiento, con sucesivas variaciones, desde 1978 y no fue un intento de estimular la demanda de viviendas; constituía la respuesta del legislativo al derecho constitucional de todos a una vivienda digna;  en el segundo caso, su implantación obedeció al convencimiento de la incapacidad de la Seguridad Social para mantener el sistema público de pensiones y la conveniencia de estimular a los ciudadanos a buscarse vías alternativas ¿Estamos seguros de que se ha superado esa incapacidad?

Como ven no creo que sea prudente hablar con ligereza de eliminar la “maraña de deducciones”. No digo que no sea posible otro modelo, que lo es, pero creo que quienes nos movemos en el mundo tributario debemos aspirar a conseguir impuestos equitativos aun a costa de la complejidad, antes que simples a costa de la equidad. ¿O sumamos, dividimos y pagamos todos a escote?

 

                                                           Rubén Candela Ramos

                      Presidente de la Asociación Española

                                                           de Asesores Fiscales.

 

Publicado:  EXPANSION MADRID / 18/02/2005

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