Reformas fiscales. Otro punto de vista

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Reiteradamente, primero durante la campaña electoral referido a todos los partidos y tras las elecciones, referido naturalmente solo al partido ganador se nos ha venido pidiendo a los asesores fiscales por los medios de comunicación que opinemos sobre las propuestas fiscales, su alcance y viabilidad. Y hemos venido opinando con más o menos fortuna, con más o menos audacia, sobre cuestiones tales como si una bajada de tipos provocaría o no una caída en la recaudación general por IRPF, temas importantes sin duda, pero no hemos sido preguntados sobre otras cuestiones, no menos importantes y  de las que el nuevo gobierno debería tomar buena nota, porque puedo asegurarles que esas sí preocupan seriamente a la ciudadanía.

En cuanto a las cuestiones que nos han sido planteadas hay que decir en primer lugar, que es muy probable que la reforma fiscal propuesta o la que se pueda proponer una vez el nuevo gobierno haya tomado posesión, que no sabemos si coincidirán,  se lleve a cabo al final de la legislatura. Así lo ha hecho el Partido Popular en las dos reformas anteriores, y supongo que el Partido Socialista hará algo parecido: promulgar la reforma cuando las próximas elecciones se vayan acercando. Por tanto, predecir cual será el escenario económico dentro de tres o cuatro años es una osadía. Mucho más por supuesto predecir cual va a ser la recaudación tributaria.

 

Sin embargo, sí es posible empezar a actuar ya en otros aspectos básicos y que no tienen coste recaudatorio, sino todo lo contrario, pueden inducir incluso incrementos en la recaudación. Contar con normas claras, las actuales no lo son ni lo han sido desde hace mucho tiempo, están plagadas de conceptos jurídicos indeterminados que permiten en ocasiones interpretaciones peregrinas que han llevado la conflictividad tributaria a niveles nunca antes alcanzados y que dudamos que la nueva Ley General Tributaria ayude a reducir. Normas estables, las actuales no lo son. Desde la llegada al poder del Partido Popular, en 1996, solo en el ámbito del IRPF se han promulgado 161 normas entre Leyes, Decretos, Ordenes Ministeriales y Resoluciones, a más de veinte por año. Ojo, en los ocho años anteriores el PSOE dictó 138, es decir, que no es una cuestión de partido. Unidad de criterio: actualmente no existe, no ya solo en distintas Delegaciones, incluso dentro de una misma Delegación de la Agencia dos actuarios pueden opinar de forma diametralmente opuesta sobre la calificación de un determinado hecho. Y estamos hablando de expertos de primera línea. ¿Cómo se puede exigir que el contribuyente, lego en la materia, lea, asimile, interprete y acierte a la primera bajo pena de sanción automática?

Y por último, puesto que no se pretende hacer un inventario exhaustivo de problemas, atención a las formas. El “obligado tributario” de la nueva Ley General Tributaria es, antes que eso un “ciudadano contribuyente”, merecedor del máximo de los respetos y acreedor de todas las garantías, en especial de la presunción de inocencia. En un momento en que se está reprochando una supuesta arrogancia y  prepotencia a algunos gobernantes a la que se ha atribuido incluso consecuencias electorales no puede ser cierto lo que escribía el profesor Martín Delgado hace pocos años: “..la Administración Tributaria, en más ocasiones de las deseadas se comporta de un modo o manera prepotente y autoritaria, superada por el ingente número de relaciones tributarias que no puede controlar, necesitada de instrumentos contundentes y amparada por el mal funcionamiento del sistema de recursos y garantías de los ciudadanos”. Tómese nota y a todos nos irá mejor.

Rubén Candela Ramos

@ruben_candela

Consultor  fiscal

Ex presidente de la Asociación Española de Asesores Fiscales

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