SURREALISTA
Tuve hace tiempo un compañero y sin embargo amigo, lamentablemente ya fallecido, que aunque fatuo y fanfarrón como él solo, era un cachondo simpático. Como había sido amenazado varias veces con denuncias, querellas y demás procedimientos judiciales decía que “En España el que no ha sido procesado no es nadie”. Pues bien, escribo esto para que, el que no lo sepa, se entere de que desde hace dos o tres años ya no soy un Don Nadie. Estoy procesado, imputado, investigado o como se diga ahora. Ya me puedo equiparar con figuras ilustres de la política, las finanzas, etc.
Veréis. Hace bastantes años contraté con una empresa, tras un proceso de selección gestionado por una Administradora Judicial, la realización de una auditoría de varios ejercicios. Presionado por las prisas que al parecer corría el trabajo empezamos a trabajar y fuimos avanzando a pesar de no contar todavía con las cuentas anuales firmadas por los dos administradores mancomunados con las que según prometían contaríamos en breve. ¡Mentira podrida! Ninguno de los dos quería firmarlas salvo que antes las firmara el otro. Advertimos repetidamente de que sin cuentas anuales firmadas no podríamos emitir los informes. Ni caso. Pasó el tiempo y dimos el asunto por concluido. Pero…
El lobo estaba al acecho. La sociedad era dueña de un activo muy goloso que tenía “muchos novios” y todos andaban buscando la forma de poner sus manos sobre él. Demandas, denuncias, querellas… En fin, de todo y casi todo dirigido por unos desaprensivos con título de Licenciados en Derecho a los que calificaré suavemente de gangsters. De ahí hacia arriba podéis añadir el calificativo que os guste con la seguridad de que no os vais a pasar.
Intentaron sacarme información en base a un acta falsificada de una Junta Universal que nunca existió. Como lo descubrí y me negué se querellaron contra mí. Perdieron. Apelaron. Perdieron.
Y hete aquí que al más golfo de todos ellos, el “capo de tutti le capi” se le ocurrió una idea: Presentar una querella contra el administrador que gestionaba la sociedad por haber cometido tropelías en la misma, llevándose cantidades millonarias, imposible en una sociedad de ese tamaño, pero se dice “a ver si cuela”. Y de paso acusarme a mí, de quién había recibido ya más de un buen repaso en sede judicial, de encubrimiento por no haber emitido los informes de auditoría. Forzaron, de forma bastante sorprendente, la entrada en concurso de la sociedad, concurso que fue calificado de culpable por el desorden administrativo que había en la misma, pero sin efectuar reproche alguno al administrador y, por supuesto, sin déficit concursal alguno. El AC reconoció expresamente en su informe que “el auditor ha justificado sobradamente haber efectuado su trabajo” y exoneró al administrador de cualquier irregularidad.
Pero entretanto la querella seguía su curso y el Juez de Instrucción, el angelito que no debió enterarse de nada, acuerda la apertura de juicio oral contra el administrador por estafa y contra mí por encubrimiento, por haber “tapado sus tropelías” al no emitir el informe.
Y va el Ministerio Fiscal, a través de una señora “fiscala” y formula escrito de acusación en el que retira la acusación contra el administrador “por no haber indicio alguno de criminalidad en sus actuaciones” pero… la mantiene contra mí.
Es decir, el administrador no ha hecho nada reprochable pero yo le he tapado perfectamente esas anomalías. Código Penal en estado puro. Se formula escrito de defensa alegando cuanto era procedente, se proponen testigos, etc. y se fija fecha para la vista…
Y realmente esto que viene ahora es lo que les quería contar. Lo anterior son los antecedentes. Citados para juicio a las 10,45 horas, en un Juzgado a 150 kilómetros de mi casa. Llegamos puntualmente. A eso de las 12,30 mi abogado encuentra ocasión de preguntar a la fiscal cómo va la cuestión, si se va a celebrar o no porque hay varias vistas fijadas antes de la nuestra, le comenta algo sobre el fondo de la cuestión y la fiscal le dice que nuestro escrito de defensa no lo ha mirado porque “hay dos para un solo acusado”. Le hace ver que no es así, que antes habían dos acusados y que el otro escrito es del otro acusado. Se sorprende: “Anda…” Y continúa: “Pues a mí me han pasado los 249 folios del expediente…” Y el que se sorprende ahora es mi abogado “¿Cómo que 249? Si hay 392”. “Anda…”
Conclusión, de momento. Mi escrito de defensa no se ha leído, mis testigos no han sido citados y, naturalmente, no han comparecido. Los citados por el fiscal sí, claro. Cuatro o cinco horas perdidas por cada uno de ellos. Lee, ahora, el escrito, se queda impactada y dice que va a retirar la acusación (tres de la tarde) pero que necesita algún motivo puesto que no va a cambiar sin más la calificación que hizo en su día, (claro, no va a reconocer simplemente que es que no se ha leído los papeles) así que se celebra el juicio. (cuatro y cuarto de la tarde) Duración: cinco minutos.
Dice Su Señoría: De acuerdo con la tesis del Ministerio Fiscal pero estas no son horas de meterse en ajustes finos. Que se cite al administrador concursal para que se ratifique en su informe. Se suspende la sesión hasta el próximo.… de octubre.
Mi abogado muy satisfecho, yo a medias porque verbalmente me han dado la razón pero de aquí a octubre el caso sigue abierto y hay muertes repentinas, hay traslados ¿Quién me dice a mí que antes no han trasladado a la fiscal a Cuenca o la destituyen por colaboración con su máximo jefe y viene otro fiscal y dice que tiene que leerse el asunto y yo no he citado a los demás testigos…?
150 kilómetros de vuelta. Llego a mi casa cuando “a dar el reloj comienza los cuartos para las ocho”. Esto último es de un clásico de la literatura española. Me parece a mí que desde el tiempo en que transcurre hasta hoy, en justicia hemos avanzado poco.
Rubén Candela Ramos